miércoles, 15 de febrero de 2012

El Conflicto de Interés por Polifuncionalidad

El Conflicto de Interés por Ejercicio de Diversidad de Cargos en la Asociación Scouts de Honduras

Todo sistema normativo, en todos sus grados de complejidad, procura establecer regulaciones orgánicas, dispositivas, normativas, reglamentarias y diversa finalidad relacionada con la vida de una entidad que puede ser política como un estado-nación; mercantil como en los comerciantes sociales o empresariales; y aún en las asociaciones civiles, como lo es la Asociación Scouts de Honduras.
La creación de las normas legales que regulan la existencia de una sociedad debe abordar la esencia y la naturaleza misma de esa organización y reflejar los elementos que la distinguen, como su cultura, su historia, sus tradiciones y su razón de ser misma.
Una de las grandes dificultades que enfrenta un legislador es la comprensión de las limitaciones propias de un sistema normativo y regulatorio, siendo una de las más relevantes, comprender que no es posible la anticipación de toda situación que deberá ser cotejada con la norma aplicable.
Esto significa que tarde o temprano, con mayor o menor frecuencia, ocurrirá que ocurrirá algo que deberá ser sometido a la Ley o a un Estatuto, y el cuerpo legal no tendrá ninguna referencia en absoluto a lo que dispongan las normas. A esto suele llamarse el ‘silencio’ de la Ley.
En años recientes, la Asociación Scouts de Honduras ha mostrado alguna carencia de miembros dispuestos o competentes para ocupar cargos de dirección en los niveles distritales y nacionales. Esto podría deberse a que la Asociación esté en proceso de recuperación de crisis superadas en años recientes pero que sus efectos aún persisten y se reflejan en niveles muy bajos de crecimiento y captación de recurso humano competente y suficiente.
Esta circunstancia, junto con otros factores como vacíos de liderazgo y carencias gerenciales, ha contribuido a crear condiciones bajo las cuales una persona puede ocupar uno o más cargos a distinto nivel de dirección en el gobierno de la Asociación Scouts de Honduras.
Ha ocurrido con poca pero con relevante frecuencia, que se discute las consecuencias de la pluralidad de cargos en una misma persona. Puedo mencionar a manera de ejemplo el hecho que miembros del Consejo Scout Nacional continúen operando en sus cargos como miembros de sus propios grupos Scout; y como segundo ejemplo, el que una persona ostente tres cargos simultáneamente: uno a nivel de Grupo, otro a nivel de Distrito y  aún otro a nivel Nacional.
Ahora bien, el que se ocupen varios cargos no está prohibido en los estatutos de la Asociación Scouts de Honduras. La actual normativa interna que nos rige no hace ninguna alusión a ésta posibilidad y parece ser que al redactarse la reforma estatutaria vigente, nadie anticipó esta eventualidad, y por lo tanto, parecería que se aplique aquello de que lo que la Ley no prohíbe, lo permite.
El hecho que ocupar diversos cargos a distintos niveles dentro de las estructuras de gobierno de Scouts de Honduras ha sido reiteradamente tema de discusión sobre su licitud nos lleva a ponderar si ocupar diversos cargos es o no válido y permitido.
Para razonar esta circunstancia en un contexto productivo, habrá que evaluar la multiplicidad de cargos en una misma persona siguiendo un método que pondere distintos medios de evaluación.
El primer medio será el legal o estatutario. No habiendo prohibición alguna, es aplicable el principio de la permisibilidad, establecido en la legislación hondureña en nuestro Código Civil, según el cual lo que la Ley no prohíbe, lo permite. Por lo tanto, es posible ocupar distintos cargos a la vez.
Sin embargo, ocurre que dicha circunstancia, aún permitida, ha sido tema reiterado de discusión. Por lo tanto, es necesario aplicar un segundo medio que sería el fáctico. Es decir, el de hecho. Y es conocido que dicha situación cuando ha ocurrido, ha generado reproches, reclamos, protestas, y por lo tanto, se genera conflicto.
Así, podemos entonces construir una primera ecuación o silogismo:
“En la Asociación Scouts de Honduras es permitido ocupar distintos cargos de diferente nivel jerárquico; la ocupación de diversos cargos puede generar conflictos; por lo tanto, en Scouts de Honduras pueden surgir conflictos si ocurre que una persona ocupa diversos cargos de diferente nivel jerárquico”
Surge así una disyuntiva: ¿es negativo, entonces, el que una persona ocupe dos o más cargos de dirección en la Asociación Scouts de Honduras?
Si la norma estatutaria establece que es permitido ocupar múltiples cargos en ASH, y de hecho ocurre que hay quienes en este preciso momento ocupan distintos cargos a diferente nivel jerárquico sin que surjan conflictos por dicha razón, es necesario establecer un mecanismo que permita resolver en cuáles casos se produce el potencial de ocurrir un conflicto por la ocupación multiplicidad de cargos en una misma persona.
Para encontrar dicho mecanismo, habrá que identificar, en los casos cuando ha ocurrido conflicto, si hay un común denominador en los mismos, y si lo hay en las circunstancias cuando no se generan conflictos.
Es posible entonces alcanzar una segunda ecuación, según la cual,
“El que alguien ocupe diversos cargos a la vez puede generar conflictos; todos los conflictos causados porque alguien ocupe varios cargos tienen un elemento en común. Por lo tanto, para prevenir conflictos, debe retirarse el elemento común a todos dichos conflictos”
¿Cuál puede ser el común denominador en todos esos conflictos que surgen por el hecho que una persona ocupe diversos cargos simultáneamente?
Para responder a ésta pregunta, utilicemos los ejemplos a los que nos hemos referido arriba.
  • Un miembro del Consejo Scout Nacional conserva su investidura como Responsable de Grupo. Cuando su Director de Distrito intenta transmitirle directrices propias de su cargo, el Responsable de Grupo invoca mayor jerarquía sobre el Director de Distrito y rechaza las directrices que le dicta el director distrital.
  • Un miembro de un Consejo de Grupo es a la vez miembro de un órgano de gobierno de Grupo, ocupa un cargo en la dirección del Distrito, y es también miembro de un órgano afiliado al Consejo Scout Nacional.
En estos dos ejemplos, hay un común denominador: opera un conflicto de interés.
¿Qué es un conflicto de interés? Wikipedia lo define como
“Los conflictos de intereses son aquellas situaciones en las que el juicio del individuo -concerniente a su interés primario- y la integridad de una acción, tienden a estar indebidamente influenciado por un interés secundario, de tipo generalmente económico o personal.
Existe conflicto de intereses cuando en el ejercicio de las labores dentro de una institución, sobreviene una contraposición entre los intereses propios e institucionales. A continuación presentamos algunas situaciones que conllevan conflicto de intereses:
·         Ej. 1.- El interés económico del trabajador de una empresa A o de algún miembro de su familia, que tenga o busque tener relación de negocios con la empresa A.
·         Ej. 2.- Servir como director, funcionario o consultor, o en cualquier otra posición importante de alguna empresa que tenga o busque tener relación particular o personal de negocios con la misma empresa.
·         Ej. 3.- El contabilizar la encuesta de servicio de un departamento por sí mismo”
Por otra parte, Transparencia Mexicana plantea que[1],
“Un conflicto de intereses surge cuando una persona, como funcionario o empleado del sector público, es influenciado por consideraciones personales al realizar su trabajo. Así, las decisiones son tomadas con base en razones equivocadas. Los conflictos de intereses percibidos, incluso cuando son tomadas las decisiones correctas, pueden ser tan dañinos para la reputación de una organización y erosionar la confianza pública, como un conflicto de intereses realmente existente. En algunos países, la ley obliga a los organismos públicos a tener Códigos de Ética, que cubran estos asuntos. La mayoría de los países consideran a este asunto tan importante y fundamental para una buena administración, que tienen una ley específica para casos de conflicto de intereses. Esta ley puede disponer que, por ejemplo, .un funcionario del Estado o empleado no debe actuar en su capacidad oficial en ningún asunto en el cual éste tenga un interés financiero personal directo o indirecto que posiblemente pudiera afectar su objetividad o independencia de juicio.”
Un conflicto puede ser concebido generalmente como relacionado con la toma de decisiones con fundamento en la percepción de un potencial de pérdida o ganancia financiera, pero en realidad este es solamente un aspecto de lo que constituye un conflicto de interés.
Un conflicto de interés opera cuando se toman decisiones con el fundamento de criterios distintos a aquellos sobre los cuales se debe decidir. Esto puede ocurrir con mayor frecuencia en Scouts de Honduras cuando se confunde en una misma persona la posición de subalterno de manera simultánea a la de superior jerárquico.
El conflicto de interés es el común denominador que opera en todas las situaciones de conflicto derivadas de que una persona ocupe dos o más cargos de dirección a distinto nivel dentro de Scout de Honduras.
Un miembro del Consejo Scout Nacional puede continuar ejerciendo su cargo como Responsable de Grupo o Responsable de Unidad dentro de su Grupo Scout y podría no tener ningún conflicto de interés en el ejercicio de su cargo, mientras no esté simultáneamente ejerciendo una posición en la que podrá contrarrestar lo que le indique un director de distrito.
Por el contrario, un miembro del Consejo Scout Nacional que ejerciera, hipotéticamente, el cargo de Director del Distrito, es a la vez jefe y subalterno de sí mismo. Se forma un conflicto de interés aunque no se tome decisión alguna.
En conclusión, ante el Silencio de la Ley respecto a la posibilidad de ocupar múltiples cargos, procede establecer parámetros que permitan determinar en cuáles casos será válida la poli-funcionalidad. Para ello, deberá determinarse si opera confusión jerárquica, entendiendo con ello la situación en la que una persona es a la vez su propio subalterno y su propio jefe.
A manera de reflexión, no es reprochable que una persona ocupe dos o más cargos. Es reprochable, sin embargo, que una persona ostente cargos en los que puede anular, por el hecho de ocupar ambos cargos, todo esfuerzo natural de los órganos de supervisión y control, por establecer límites de autoridad y asegurar la rendición de cuentas a la que está obligado todo funcionario nombrado, contratado o electo.
Para finalizar, creo que al aspecto legal y fáctico del análisis realizado, es necesario agregar un tercer elemento: el cultural. En la medida que comprendamos con claridad que es necesario establecer límites a la propia autoridad; que tengamos muy presente que estamos obligados a rendir cuentas y a exigir cuentas de quienes deben darla; que los electores tienen derecho a recibir explicaciones y están obligados a solicitarlas cuando no se les ofrecen cuentas claras; y que no tiene derecho, ningún funcionario, a reprochar por el hecho que se le pida aclaraciones, explicaciones y justificación de sus hechos.
Quienes comprenden sus derechos y deberes bajo una democracia y un sistema de normas y de respeto a la Ley, tenderán, cuando ocupen cargos relevantes, a celebrar más la conclusión de su cargo y no su inauguración.
Tegucigalpa, 29 de enero, 2012.


[1] http://www.transparenciamexicana.org.mx/documentos/Sourcebook/capitulo21.pdf

miércoles, 11 de enero de 2012

Reglamento de Sanciones y Expulsiones












REGLAMENTO

DE SANCIONES Y EXPULSIONES









ELABORO
REVISO
AUTORIZO


Por Corte Nacional de Honor

Alex Villamil
Presidente




Por Equipo Tecnico Nacional

Raul H. Del Cid C.
Director Ejecutivo/ASH


Por Consejo Scout Nacional

Jose Isaias Barahona
Presidente CSN





AUTORIZACION

Aprobado en sesión ordinaria de Consejo Scout Nacional, el día sábado 5 de abril del 2008, Acta # 31, acuerdos y resoluciones 31.5

                                                                                                                       







CONTROL DE CAMBIOS

Esta es la primera versión de este documento, elaborado originalmente por el Comité Ejecutivo y aprobado por el Consejo Scout Nacional y la Dirección Nacional, por lo cual no se registran cambios. 
En lo futuro, todo cambio deberá ajustarse a lo establecido en el Manual de Procedimiento de Control de Documentos 









Artículo 1.- Órganos facultados para dictar suspensión y expulsión como miembro de la Asociación de Scouts de Honduras

Estos Órganos están facultados para dictar suspensión y expulsión como miembro de la ASH:

a)       El Consejo de Grupo

b)       El Consejo de Distrito

c)       El Consejo Scout Nacional

d)    La Corte Nacional de Honor



Articulo 2.- Bajas por Falta Continua

Se dará de baja del Consejo Nacional al consejero que tenga tres faltas consecutivas o falte al 50% de las sesiones realizadas en los últimos doce meses

Ocurrido lo anterior, el Secretario Nacional dará aviso al Consejo Nacional inmediatamente para los efectos de la sustitución estatutaria consecuente.

No es falta de asistencia que cuente para los efectos de este artículo, aquella que tenga el consejero por estar atendiendo un mandato del Consejo Nacional y este conste en actas; así como aquellas faltas de asistencia que por su naturaleza, el Consejo Nacional acuerde justificar y consten en actas.



Articulo 3.- Credenciales.

Las credenciales son propiedad de la Asociación de Scout de Honduras, quien puede solicitar su devolución en casos de suspensión, baja o expulsión de sus miembros.



Artículo 4.- Cancelación de cargo

Los cargos que posean los dirigentes, podrán ser cancelados cuando incurran en desavenencia a lo establecido en los Estatutos de la ASH, así como a los dirigentes que no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en este reglamento.



Artículo 5.- Amonestaciones

a)       Se entiende por amonestación la llamada de atención formal que se haga a cualquier miembro por parte del órgano de su jurisdicción, por incurrir en faltas que a juicio de dicho órgano, no ameriten expulsarlo de la Asociación.



b)       Las personas que vayan a ser amonestadas, deberán ser escuchadas por dicho órgano y la amonestación deberá constar en acta.



c)       La amonestación como tal no amerita suspensión alguna, siempre y cuando no sea esta la tercera acumulada en un año.



d)       La persona que reciba tres amonestaciones en el termino de un año, será suspendido de sus prerrogativas y obligaciones, en tanto el órgano de su jurisdicción tome la decisión de reintegrarlo o expulsarlo. Dicha decisión tendrá que emitirse en un plazo no mayor de treinta días naturales.



e)       La suspensión se podrá imponer por un período mínimo de tres meses y un período máximo de tres años.





Artículo 6.- Cancelación de registro personal

Son causas de cancelación de registro personal, por lo tanto de baja o expulsión  como miembro de la Asociación, las siguientes:



a)       No cumplir con las disposiciones del Consejo de su jurisdicción

b)       Participar uniformado u ostentándose como miembro de la Asociación en manifestaciones publicas de algún partido político

c)       Hacer declaraciones o dar opiniones en nombre de la Asociación por cualquier medio de comunicación masiva sin la autorización reglamentaria

d)       Promover actos o participar en acciones que puedan conducir a la escisión de la Asociación

e)       Obstaculizar los trámites de registro de miembros y Grupos Scout, o incitar a no registrarse.

f)        Estando a cargo de una actividad Scout, permitir que participen en ellas personas no registradas. Quedan exceptuados de lo anterior las personas invitadas para asesorar o colaborar en alguna actividad en la que se requiera ayuda externa, siempre y cuando estas últimas no hayan sido dadas de baja de la Asociación.

g)       Presentarse y/o participar en las Actividades Scout en estado de notoria ingestión alcohólica o bajo la influencia de algún narcótico o droga, salvo que, en estos dos últimos casos exista prescripción medica.

h)       Solicitar y en su caso recabar fondos o donativos para la Asociación, sus órganos y miembros, sin cumplir con lo establecido en los Estatutos.

i)         Permitir la participación en Actividades Scout de muchachos a los cuales se les hubiera revocado el permiso de sus padres o tutores.

j)         Retener en su poder o permitir que otros bajo su control, retengan fondos, documentos reconocimientos, u otros bienes propiedad de la Asociación fuera de los términos o plazos reglamentarios, rendir cuentas falsas, dolosas o inoportunamente o no rendirlas.

k)       Aprobar el nombramiento de un dirigente fuera de los términos de los Estatutos.

l)         Representar  a la Asociación en el extranjero sin poseer la carta internacional; exceptuando los miembros que residen en las zonas fronterizas, que se atendrán a los acuerdos con las Asociaciones Scout vecinas.

m)     Estando a cargo de una actividad scout, omitir deliberadamente que cumplan las medidas de seguridad propias de la misma, exponiendo con ello la vida, salud o integridad física y moral de los participantes y/o terceras personas.

n)       Promover, tolerar o ejecutar actos que atenten contra la integridad moral o física de cualquier miembro de la Asociación y/o terceras personas.

o)       La demás causas que estén en contra de lo establecido en los Estatutos de la ASH.



Artículo 7.- Otros casos de Cancelación de registro personal

a)       Si un miembro de la Asociación faltase o incumpliera el código de la niñez, este será remitido a los tribunales competentes para ser juzgado por  la ley.

b)       Si un miembro de la Asociación se encuentra en proceso legal, este será suspendido temporalmente mientras demuestra su inocencia, en caso de que la ley lo declare culpable este quedara automáticamente expulsado.



Artículo 8.- Cancelación de Registro de Grupo

Son motivo de cancelación de registro de un Grupo Scout:

a)       No registrarse. En este caso, la baja opera automáticamente al vencer el plazo reglamentario

b)       Que no estén en servicio las secciones mínimas establecidas.

c)       No cumplir con las disposiciones de la Asociación.



Artículo 9.- Procedimiento para la Cancelación o Expulsión de miembros

Se establecen los siguientes procedimientos de expulsión



a)       El Consejo del nivel correspondiente, al tener noticia de una trasgresión y efectuar la investigación de acuerdo al reglamento de la CNH, citara al implicado para exponer la resolución y las causas fundadas de su falta y se asentara en actas. El implicado podrá alegar la resolución en su defensa en un plazo no mayor de 30 días a partir de esa fecha, haciendo llegar por escrito su argumentación al mismo Consejo

b)       El Consejo respectivo le expedirá acuse de recibo y lo citara por escrito para escuchar la resolución.

c)       El miembro deberá de acompañar una copia de su escrito para el Director inmediato superior del área de Operación,  a quien el Consejo respectivo le hará saber el día y la hora de la cita para notificar la resolución.

d)       La falta de entrega de argumentación en defensa permite tener por admitidos los hechos.

e)       A partir del vencimiento del plazo antes indicado, el Consejo correspondiente deberá emitir su resolución en su siguiente sesión, notificando al interesado la cancelación de su registro personal o exonerándolo de toda responsabilidad. Si no compareciere el interesado a la cita en que se dicte su resolución, la notificación le será hecha por correo certificado con acuse de recibo.

f)        En caso de inconformidad con los términos de la resolución, el miembro afectado puede recurrir dentro de los 10 días siguientes, al Consejo inmediato superior para solicitar la revisión de caso contando dicho Consejo con un plazo de treinta días para revocar o confirmar la decisión.

g)       Los miembros del nivel Nacional se abstendrán de intervenir  en los procesos de expulsión de miembros, apelaciones y trámites relativos que ocurran en las regiones, dando la potestad a cada una de las estructuras que forman parte de la ASH, siempre y cuando el interesado no haya ejercido el derecho establecido en el inciso ”F” antes descrito.

h)       La falta de notificación o resolución oportuna en cualquier nivel extingue el procedimiento en beneficio del miembro de la Asociación

i)         El secretario del Consejo que emitió la resolución de expulsión, deberá notificar la misma al Consejo inmediato superior, para que este último verifique si el implicado apela en los términos de este articulo.

En caso de que no exista apelación, el secretario del último Consejo que tuvo conocimiento, notificara al secretario nacional para que la expulsión quede firme y el nombre de dicha persona sea inscrito en el libro confidencial del Jefe Scout Nacional

j)         Para los miembros de la Corte Nacional de Honor, sus órganos preverán en su reglamento interno, la expulsión de algunos de sus miembros.

k)       Durante el tiempo que dure el proceso de notificación, defensa y resolución de la expulsión de algún o algunos miembros, estos quedaran inhabilitados.

l)         Las apelaciones se podrán hacer por las siguientes modalidades: entrega personal, correo, paquetería, correo electrónico o fax. Para todos estos casos, se tomara como fecha de recepción, la entrega de los mismos.

m)     Para todos los casos, la última instancia es la Corte Nacional de Honor, cuyas decisiones son inapelables.







Artículo 10.- Procedimiento para la Amonestación y/o Cancelación de miembros de la CNH

a)       La aplicación de sanciones y expulsiones de un miembro de la CNH será evaluada por la misma CNH, excluyendo del proceso de evaluación del caso al miembro denunciado.

b)       El proceso de revisión de la falta denunciada se hará bajo los mismos lineamientos aplicados a los otros dirigentes de la ASH

c)        La resolución de sanción o expulsión para un miembro de la CNH, deberá contar con la decisión de la mayoría absoluta del resto de sus miembros, para que la misma tenga validez.

Reglamento de Condecoraciones










REGLAMENTO DE RECONOCIMIENTOS Y CONDECORACIONES







ELABORO
REVISO
AUTORIZO


Por Corte Nacional de Honor

Alex Villamil
Presidente




Por Equipo Tecnico Nacional

Raul H. Del Cid C.
Director Ejecutivo/ASH


Por Consejo Scout Nacional

Alberto Zelaya
Presidente CSN





AUTORIZACION

Aprobado en sesión ordinaria de Consejo Scout Nacional, el día sábado 5 de abril del 2008, Acta # 31, acuerdos y resoluciones 31.5

                                                                                                                       







CONTROL DE CAMBIOS

Esta es la primera versión de este documento, elaborado originalmente por la Corte Nacional de Honor y aprobado por el Consejo Scout Nacional y la Dirección Nacional, por lo cual no se registran cambios. 
En lo futuro, todo cambio deberá ajustarse a lo establecido en el Manual de Procedimiento de Control de Documentos 

















DEFINICIÓN

Se llama Reconocimiento y Condecoración a las manifestaciones de agradecimiento que se concede como honor y distinción  y que suele consistir en: A.- Una insignia que es formada por una pieza metálica con forma determinada en la que se graban imágenes o inscripciones y que suele ir prendida del pecho o colgada del cuello B.- Un diploma que acredite el agradecimiento C.- Una placa que describa el agradecimiento D.- Cualquier otro objeto en el cual se detallen muestras de  gratitud.

Los Reconocimientos y/o Condecoraciones por méritos adquiridos existen  desde tiempos remotos y fueron conocidas por los egipcios, griegos y romanos. Consistían en collares, cintos, medallones, etc. que se llevaban ostensiblemente sobre la vestimenta. En los pueblos cristianos han tenido más comúnmente la forma de cruz ornamental, dorada y esmaltada con figuras e inscripciones alusivas que se lleva pendiente de algún lazo, collar o cordón precioso. Análogas a ellas, son las medallas distintivas de Academias, Diputaciones y demás corporaciones oficiales, muy usadas en la época moderna y adornada con los emblemas propios de la corporación o dignidad a que corresponden.

La competencia de la gestión funcional de la Corte Nacional de Honor se establece en el  artículo 5 de su reglamento,  que, entre otras funciones, le corresponde el ejercicio de las competencias en materia de conceder condecoraciones y reconocimientos que la Asociación de Scouts de Honduras y el Movimiento Scout Nacional otorga a sus miembros y personas e instituciones simpatizantes y cooperantes con la noble causa de servir a la niñez y juventud de la Nación.

La Asociación de Scouts de Honduras declara que: Resulta necesario crear distinción y condecoraciones, premios y reconocimientos público al servicio meritorio de carácter extraordinario que hayan tenido lugar en beneficio de la niñez y juventud de la República de Honduras y de la Comunidad Internacional, garantizando la idoneidad humana, moral, espiritual y patriótica de las personas e instituciones que se hacen merecedoras de tal distinción.

Al objeto de otorgar una condecoración, un premio o un reconocimiento a la participación, entrega y actividad realizada por un miembro de la Asociación de Scouts de Honduras, o a una persona e institución es, que cuando ésta exceda con carácter extraordinario de su normal cumplimiento y adhesión a la misión del Movimiento Scout, beneficiándose así la niñez y juventud tanto nacional como internacional.



No debe confundirse estos Reconocimientos y Condecoraciones con un plan de adelanto, ya que no es su intención. Las condecoraciones que implican distintas menciones están claramente identificadas.



En este sentido, y en uso de las competencias conferidas, la Corte Nacional de Honor crea Condecoraciones, y Reconocimientos recogidos por el Reglamento Nacional que para tal fin ella emita.







CAPITULO I: INTRODUCCION



Artículo 1

El artículo 7 del reglamento de la CNH manifiesta en forma  literal lo siguiente:

Pese a que las condecoraciones son un tipo de reconocimiento, se establece una diferencia entre éstas y los reconocimientos propiamente dichos, la entrega de la condecoración corresponderá única y exclusivamente al Consejo Nacional Scout con la aprobación del otorgamiento por parte de la Corte Nacional de Honor.





Artículo 2

La CNH como parte de la ASH instituye como oficiales las siguientes condecoraciones y reconocimientos, las cuales deberán ir siempre acompañadas de su certificado respectivo:



Reconocimientos:         

       Para Jóvenes                          

Medalla de Gratitud

                       

            Medalla de Honor

            Medalla de Amistad                                                                                  

            Medalla de Perseverancia

            Medalla de Desempeño                 

            Medalla de Excelencia.

            Medalla al Merito

Servicio Institucional

Estrellas de Antigüedad

Lobato del año

Scouts del año

Rover del Año



       Para Adultos

            Medalla de Gratitud

Gafete de Servicio

Medalla de la Fraternidad

Medalla al Merito Scout

            Medalla al Espíritu Scout                                                

Medalla Pedro Urbina Miranda

Medalla Paquita Guerrero

Medalla Raúl Zaldívar

Medalla Pompilio Ortega

           

           

Condecoraciones:         

       Para Jóvenes                          

Medalla al Valor

Medalla Orden de Juventud  

Medalla Rosa de los Vientos                                      

                 

            Para Adultos                        

Medalla al Valor

Medalla de la Bellota de Plata                                  

Medalla Legión Badén Powell                      

Pin de Flor de Lis de Bronce

Pin de Flor de Lis de Plata                            

Pin de Flor de Lis de Oro

Medalla de Pino de Plata





CAPITULO II: RECONOCIMIENTOS



Artículo 3.-

Como lo expresa el artículo 2 de este reglamento y los artículos 10 y 11 del reglamento de la CNH los reconocimientos son:



  1. Medalla de Gratitud:

Motivación

Un especial reconocimiento para personas naturales o Jurídicas (Jóvenes y Adultos) Scouts o No Scouts, en reconocimiento al apoyo desinteresado brindado al movimiento Scout o como consecuencia de su dedicación y entrega a favor de la niñez y juventud de Honduras.

Requisitos

Cualquier miembro u órgano de la Asociación puede proponer su otorgamiento al Presidente del CSN de la ASH, aportando los datos que avalen el merito y en el que apoye su petición y adjuntando el currículo del Joven o Adulto. El presidente se atendrá para otorgarla al acuerdo favorable de más del 50% de los miembros del Consejo Nacional.



  1. Medalla de Honor:

Motivación y Requisito

Por su constante y ejemplar comportamiento, complementado con su demostrado esfuerzo y dedicación esmerada en ser digno de confianza o leal a sus semejantes y trabajando en Pro de la hermandad scout. Esta es evaluada y autorizada por el consejo de Grupo.



  1. Medalla de la Amistad:

Motivación y Requisito

Por su ejemplar forma de vivir ayudando a los demás promoviendo la paz entre sus semejantes  y trabajando en Pro de la hermandad scout. Esta es evaluada y autorizada por el consejo de Grupo.





  1. Medalla de Perseverancia:

Motivación

Por su dedicación al trabajo en tres unidades continuas, Esta es evaluada y autorizada por el consejo de Grupo.

Requisitos

Haber permanecido en forma continua sin perder su antigüedad



  1. Medalla de Desempeño:

Motivación

Por su permanencia dentro del Movimiento Scout siendo un líder dentro de las unidades y por su eficacia en cumplir con la progresión personal de la unidad, Esta es evaluada y autorizada por el consejo de Grupo.

Requisitos

Se otorga por estar activo en cuanto menos 3 unidades en manera consecutiva, habiendo obtenido al menos 2 insignias de máximo adelanto y haber obtenido al menos el 50% del plan de progresión de la otra unidad



  1. Medalla de Excelencia:

Motivación

Por su permanencia dentro del Movimiento Scout siendo un líder dentro de las unidades mostrando ser un gran ejemplo de dedicación tenacidad y constancia para el resto de los scouts. Esta es evaluada y autorizada por el consejo de Grupo.



Requisitos

Se otorga por estar activo en las 3 unidades en manera consecutiva, habiendo obtenido las 3 insignias de máximo adelanto.



  1. Medalla al Merito:

Motivación

Por su permanencia dentro del Movimiento Scout, siendo un alumno(a) de excelencia académica en su centro de estudio (>90%), esta se entrega a solicitud del consejo de grupo. Esta es evaluada y autorizada por el consejo de Grupo.

Requisitos

Haber obtenido durante dos años consecutivos excelencia académica formando parte durante este periodo dentro de una unidad



  1. Insignias de Servicio Institucional:

Motivación                                                                   

Por participación en actividades de servicio institucional ya sea en le distrito o el nivel nacional. Esta es evaluada y autorizada por el consejo de Grupo.

Requisitos

Haber cumplido un mínimo de 150 horas de servicio.



  1. Estrellas de antigüedad:

Motivación

Para las y los jóvenes por su permanencia en el Movimiento Scout. La otorga el Consejo de Unidad. Los dirigentes no usan estrellas de antigüedad.

Requisitos

Cumplir años como miembros del movimiento Scouts



  1. Lobato del Año:

Motivación

Aquel cuyos meritos alcanzados durante el periodo evaluado lo hagan merecedor del reconocimiento. Esta es evaluada y autorizada por el consejo de Grupo.

Requisitos

Se incluye dentro de estos meritos haber obtenido un índice académico >75% y ser miembro de la Rama Menor



  1. Scout del Año:

Motivación

Aquel cuyos meritos alcanzados durante el periodo evaluado lo hagan merecedor del reconocimiento. Esta es evaluada y autorizada por el consejo de Grupo.

Requisitos

Se incluye dentro de estos meritos haber obtenido un índice académico >75% y ser miembro de la Rama Intermedia





  1. Rover del Año:

Motivación

Aquel cuyos meritos alcanzados durante el periodo evaluado lo hagan merecedor del reconocimiento. Esta es evaluada y autorizada por el consejo de Grupo.

Requisitos

Se incluye dentro de estos meritos haber obtenido un índice académico >75%  y ser miembro de la Rama Mayor





  1. Gafete de servicio:

Motivación  

Para dirigentes que cumplan 5 o mas años de servicio (existen de 10, 15 y 20 años) como tales, con o sin interrupción de uno o varios cargos. Lo otorga el Consejo de Distrito para los miembros de grupos y el Consejo Scout Nacional para sus comisionados distritales y Equipo Técnico Nacional

Requisitos

Seguir en servicio activo al momento del otorgamiento.



  1. Medalla de la Fraternidad:

Motivación

Para Dirigentes que cumplan 20 años de servicio como tales, con o sin interrupción de uno o varios cargos, habiendo mostrado lasos fraternos. Lo otorga el Consejo de Distrito para los miembros de grupos y el Consejo Scout Nacional para sus comisionados distritales y Equipo Técnico Nacional

Requisitos

Seguir en servicio activo al momento del otorgamiento.



  1. Medalla Merito Scout:

Motivación

Para quienes tengan más de 5 años en activo de forma no interrumpida, y que hayan obtenido demostrables resultados de gran beneficio para el Movimiento Scout Nacional, Distrito o Grupo. Puede pertenecer a cualquier nivel u órgano. Lo otorga el Consejo de Distrito para los miembros de grupos y el Consejo Scout Nacional para sus comisionados distritales y Equipo Técnico Nacional

Requisitos

Seguir en servicio activo al momento del otorgamiento y haber completado el plan de adiestramiento de insignia de madera, aunque esta última aun no haya sido certificada y entregada.





  1. Medalla al Espíritu Scout:

Motivación

Para aquellos dirigentes de cualquier nivel que hayan realizado alguna acción que represente un servicio sumamente extraordinario que vaya más allá de lo que el deber ciudadano considera. Lo otorga el Consejo de Distrito para los miembros de grupos y el Consejo Scout Nacional para sus comisionados distritales y Equipo Técnico Nacional

Requisitos

Seguir en servicio activo al momento del otorgamiento.





  1. Medalla Pedro Urbina Miranda:

Motivación

Para Dirigentes que cumplan 25 años de servicio como tales, con o sin interrupción de uno o varios cargos. Lo otorga el Consejo de Distrito para los miembros de grupos y el Consejo Scout Nacional para sus comisionados distritales y Equipo Técnico Nacional

Requisitos

Seguir en servicio activo al momento del otorgamiento.



  1. Medalla Paquita Guerrero :

Motivación

Para los miembros de Grupos Scouts que tengan una trayectoria mayor de 10 años de antigüedad continuos con sus registros anuales debidamente validados por la Asociación Scout de Honduras Lo otorga el Consejo de Distrito para los miembros de grupos y el Consejo Scout Nacional para sus comisionados distritales y Equipo Técnico Nacional





  1. Medalla Raúl Zaldívar:

Motivación

Para los miembros de Grupos Scouts que tengan una trayectoria mayor de 15 años de antigüedad con sus registros anuales debidamente validados por la Asociación Scout de Honduras. Lo otorga el Consejo de Distrito para los miembros de grupos y el Consejo Scout Nacional para sus comisionados distritales y Equipo Técnico Nacional





  1. Medalla Pompilio Ortega:

Motivación

Para los miembros de Grupos Scouts que tengan una trayectoria mayor de 20 años de antigüedad con sus registros anuales debidamente validados por la Asociación Scout de Honduras. Lo otorga el Consejo de Distrito para los miembros de grupos y el Consejo Scout Nacional para sus comisionados distritales y Equipo Técnico Nacional





                                                                                                



CAPITULO III: CONDECORACIONES



Artículo 4.-

Como lo expresa el artículo 2 de este reglamento y los artículos 16 y 17 del reglamento de la CNH las condecoraciones son:



  1. Medalla de Valor:

Motivación y Requisito

Por el valor, esfuerzo o dedicación encomiable, demostrados al salvaguardar la integridad física o los bienes importantes de sus semejantes

Requisitos

Cualquier miembro u órgano de la Asociación puede proponer su otorgamiento al Presidente del CSN de la ASH, aportando los datos que avalen el merito y en el que apoye su petición y adjuntando el currículo del (la) joven scout o del dirigente Scout. El presidente se atendrá para otorgarla al acuerdo favorable de más del 50% de los miembros del Consejo Nacional y una vez conseguido dicho acuerdo, se pasara a la Corte Nacional de Honor para su aprobación.



  1. Medalla Orden de Juventud:

Motivación

Para aquellos jóvenes (Scout o No Scout) que enaltezcan el nombre de la Juventud del país a través de sus logros y/o acciones. Cualquier miembro u órgano de la Asociación puede proponer su otorgamiento al Presidente del CSN de la ASH, aportando los datos que avalen el merito y en le que apoye su petición y adjuntando el currículo del Joven a quien se pretende condecorar. Y la solicitud con nombre y firma de cuánto 1 asociado. El presidente se atendrá para otorgarla al acuerdo favorable con el 50% de los miembros del Consejo Scout Nacional y una vez conseguido dicho acuerdo, se pasara a la Corte Nacional de Honor para su aprobación.





  1. Medalla de la Bellota de Plata:

Motivación

Para dirigentes con 5 o mas años de servicio ininterrumpido en cualquier cargo dentro del nivel nacional y que haya contribuido eficazmente con su esfuerzo al desarrollo sostenido del Movimiento Scout Nacional.

Requisitos

Cualquier miembro u órgano de la Asociación puede proponer su otorgamiento al Presidente del CSN de la ASH, aportando los datos que avalen el merito y en el que apoye su petición y adjuntando el currículo scout del dirigente. El presidente se atendrá para otorgarla al acuerdo favorable de más del 50% de los miembros del Consejo Nacional y una vez conseguido dicho acuerdo, se pasara a la Corte Nacional de Honor para su aprobación.



  1. Medalla Legión Badén Powell:

Motivación

 Por acciones sobresalientes de servicios que han impactado positivamente en la historia del movimiento Scout Nacional, y/o que han contribuido al desarrollo institucional de la Asociación de Scouts de Honduras.

Requisitos

Cualquier miembro u órgano de la Asociación puede proponer su otorgamiento al Presidente de la ASH, aportando los datos que avalen el merito y en el que apoye su petición y adjuntando el currículo scout del dirigente. El presidente se atendrá para otorgarla al acuerdo favorable de más del 50% de los miembros del Consejo Nacional y una vez conseguido dicho acuerdo, se pasara a la Corte Nacional de Honor para su aprobación.



  1. Pin de Flor de Lis de Bronce:

Motivación

Por servicios distinguidos hechos al Movimiento Scouts en cualquier nivel del Grupo Scout

Requisitos

La otorga el CSN a solicitud del consejo de grupo beneficiado, previo al aporte de los datos que avalen el merito y en el que apoye su petición, adjuntando el currículo del adulto a quien se pretende condecorar y la solicitud con nombre y firma de al menos tres asociados. El presidente se atendrá para otorgarla al acuerdo favorable con el 50% de los miembros del Consejo Scout Nacional y una vez conseguido dicho acuerdo, se pasara a la Corte Nacional de Honor para su aprobación.



  1. Pin de Flor de Lis de Plata:

Motivación

Por servicios distinguidos hechos al Movimiento Scouts en el nivel distrito

Requisitos

La otorga el presidente del CSN a solicitud del consejo de distrito o la dirección nacional respectivamente. previo al aporte de los datos que avalen el merito y en el que apoye su petición, adjuntando el currículo del adulto a quien se pretende condecorar y la solicitud con nombre y firma de al menos tres asociados. El presidente se atendrá para otorgarla al acuerdo favorable con el 100% de los miembros del Consejo Scout Nacional y una vez conseguido dicho acuerdo, se pasara a la Corte Nacional de Honor para su aprobación.



  1. Pin de Flor de Lis de Oro:

Motivación

 Por servicios distinguidos hechos al Movimiento Scouts en el nivel nacional.

Requisitos

La solicita el Consejo Scout Nacional o la Dirección Nacional a la Corte Nacional de Honor. previo al aporte de los datos que avalen el merito y en el que apoye su petición, adjuntando el currículo del adulto a quien se pretende condecorar y la solicitud con nombre y firma de al menos tres asociados. El presidente se atendrá para otorgarla al acuerdo favorable con el 100% de los miembros del Consejo Scout Nacional y una vez conseguido dicho acuerdo, se pasara a la Corte Nacional de Honor para su aprobación.



  1. Medalla Rosa de los Vientos:

Motivación

Considerado el MÁXIMO GALARDÓN otorgado por la Asociación de Scouts a un Joven (Scout o No Scout). El criterio de Otorgamiento puede ser variado, pero deberán considerarse aspectos que pongan de manifiesto cualidades excepcionales de solidaridad, sacrificio, lealtad o abnegación, que hubieran redundado en el prestigio de la imagen institucional de la Asociación de Scouts de Honduras.

Requisitos

Cualquier miembro u órgano de la Asociación puede proponer su otorgamiento al Presidente del CSN de la ASH, aportando los datos que avalen el merito y en le que apoye su petición y adjuntando el currículo del Joven (Scout o No Scout) a quien se pretende condecorar. La solicitud con nombre y firma de por lo menos tres asociados. El presidente se atendrá para otorgarla al acuerdo favorable con el 100% de los miembros del Consejo Scout Nacional y una vez conseguido dicho acuerdo, se pasara a la Corte Nacional de Honor para su aprobación.



  1. Medalla de Pino de Plata:

Motivación

Considerado el MÁXIMO GALARDÓN otorgado por la Asociación de Scouts a un Adulto (Scout o No Scout). El criterio de Otorgamiento puede ser variado, pero deberán considerarse aspectos que pongan de manifiesto cualidades excepcionales de solidaridad, sacrificio, lealtad o abnegación, que hubieran redundado en el prestigio de la imagen institucional de la Asociación de Scouts de Honduras.

Requisitos

Cualquier miembro u órgano de la Asociación puede proponer su otorgamiento al Presidente del CSN de la ASH, aportando los datos que avalen el merito y en le que apoye su petición y adjuntando el currículo del adulto (Scout o No Scout) a quien se pretende condecorar. La solicitud con nombre y firma por lo menos cinco asociados. El presidente se atendrá para otorgarla al acuerdo favorable con el 100% de los miembros del Consejo Scout Nacional y una vez conseguido dicho acuerdo, se pasara a la Corte Nacional de Honor para su aprobación.



CAPITULO IV: DESCRIPCIONES



Artículo 5.- La CNH previa evaluación, determina las siguientes características a contemplar en los reconocimientos y condecoraciones

  1. Los diplomas deberán contener la información descrita en el articulo 7 inciso ”A” del reglamento de la CNH
  2. Las medidas de las medallas (insignias) de reconocimiento deberán considerar las siguientes características

Ø  La Barra horizontal que sostienen el Listón será  de 35 mm. de largo, 7mm de Alto y 2 mm de borde

Ø  El Listón será de 30 mm alto, 30 mm de ancho

Ø  La medalla deberá medir un máximo de 32 mm de ancho y alto

Ø  La excepciones serán las estrellas de antigüedad que serán en forma de pines y medirán un máximo de 30 mm de ancho y alto

  1. Las condecoraciones para Jóvenes y Adultos deberán ser entregadas en una cinta (Listón azul y blanco) colocada alrededor del cuello en lugar del pequeño listón que llevaran las demás medallas descritas en este reglamento, las Medallas de las condecoraciones serán tamaño estándar en forma de rombo y sus medidas serán de 5cm por lado para un total de 20 cm.

Ø  Las excepciones se harán con las condecoraciones de: Gafete de Servicio y Pin Flor de Lis, ya que como sus nombres lo dicen se elaboraran en forma de gafete y de pines. El gafete medirá 5 cm de largo por 2 cm de alto y los Pines un máximo de 32 mm de ancho y alto

  1. Los diseños con los que se deberán elaborar los reconocimientos y Condecoraciones son:



1)    Medalla de Gratitud:

Deberá contener la palabra Gratitud en la barra horizontal, el listón será de color Morado con 2 rayas verticales Blancas y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla de la figura de la flor de lis Internacional.  



2)    Medalla de Honor:

Deberá contener la palabra Honor en la barra horizontal, el listón será de color morado y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la figura de un Diamante --- Este Diamante representa la fortaleza que mantiene un scout para salvaguardar su Honor, articulo uno de la ley.

     

3)    Medalla de la Amistad:

Deberá contener la palabra Amistad en la barra horizontal, el listón será de color Verde Claro y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la figura de cuatro manos entrelazadas --- Estas manos representan el cuarto artículo de la ley scout

    

4)    Medalla de Perseverancia:

Deberá contener la palabra Perseverancia en la barra horizontal, el listón será de color Azul Oscuro y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la figura de tres personas una pequeña, una mediana y una grande --- Estas personas representan las etapas de progresión desde la rama menor a la mayor



5)    Medalla de Desempeño:

Deberá contener la palabra Desempeño en la barra horizontal, el listón será de color Naranja y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la figura de un puño en alto --- Este puño representan la obtención de logros.



6)    Medalla de Excelencia:

Deberá contener la palabra Excelencia en la barra horizontal, el listón será de color Beige y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la figura de un Joven Remando su Canoa --- Este Joven remando su canoa  representa como lo decía Badén Powell que el joven ya estaba listo para servir a su patria



7)    Medalla al Merito :

Deberá contener la palabra Merito en la barra horizontal, el listón será de color Gris Claro y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la figura de un Birrete de Graduación --- Este Birrete representa el logro académico obtenido por el joven, ya que está relacionado con la graduación



8)    Insignia de Servicio Institucional:

Deberá la palabra Servicio en la barra horizontal, el listón será de color Azul Celeste y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la figura de una soga con un nudo simple en forma vertical --- Esta soga nos recuerda el tercer artículo de la Ley Scout



9)    Estrellas de antigüedad:

Serán pines en forma de cuadrado con medidas de 30 mm. de largo por 30 mm. de ancho, el color dependerá de la rama, si es para la rama menor será amarillo, si es para la rama intermedia Verde y si es para la rama Mayor Rojo, al centro una estrella de 5 picos color blanco, con un circulo en su centro y dentro del circulo el número de años estos últimos dos del color del cuadrado, Si el(la) joven ha pasado por dos o todas ramas pueden portar las estrellas que corresponda --- Estas estrellas numeradas representan el numero de años que el(la) joven a permanecido en cada rama



10) Lobato del Año:

Deberá llevar el año en la barra horizontal, el listón será de color Amarillo y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la figura de un Lobo --- Este Lobo representa la rama menor



11) Scout del Año:

Deberá llevar el año en la barra horizontal, el listón será de color Verde Olivo y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la figura de una mano en señal de siempre listo --- Este mano representa la rama intermedia



12) Rover del Año:

Deberá llevar el año en la barra horizontal, el listón será de color Rojo y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la figura de un escudo con una horquilla y un corazón --- Estas imágenes representan el entorno de un miembro de la rama mayor como ser su  plan de progresión y su Oración



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13) Gafete de servicio:

Deberá contener una figura de un circulo formado con una soga finalizada con un nudo riso, dentro del circulo estará el número de años de servicio y a la par la palabra servicio, todo esto en color blanco montado sobre un gafete de metal color azul ------   Este gafete representa los años de servicio del(a) dirigente adulto, Sus dimensiones serán de 6 cm de largo x 2 cm de alto



14) Medalla de la Fraternidad:

Deberá contener la palabra Fraternidad en la barra horizontal, el listón será de color Café Claro y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la figura de dos personas con sus brazos entrelazados formando un pequeño corazón. --- Esta figura nos recuerda también el cuarto artículo de la ley Scout.



15) Medalla al Merito Scout:

Deberá contener la palabra Merito Scout en la barra horizontal, el listón será de color Rojo Ladrillo con dos líneas verticales blancas y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la figura de un nudo cabeza de turco --- El nudo recuerda que en los primeros tiempos La pañoleta de Gilwell, En los inicios de la formación, encender el fuego por fricción era una gran novedad que se acostumbraba a mostrar en los cursos Insignia de Madera. El equipo principal necesario era un cordón de cuero, comprobándose por experiencia que era la correa de las maquinas de coser Singer la que suministraba el mejor cordón al efecto. B.-P. sugirió a la jefatura de Gilwell Park que crease y probase un nudo especial para acompañar a la Insignia de Madera. Así, haciendo uso de dos cordones de los de encender el fuego por fricción, Bill Shankley (que servía por aquel entonces en Gilwell) realizo una piña de dos vueltas que fue adoptada como pasador oficial. A Partir de entonces al final del curso se recibían el pañuelo y el collar de Gilwell.



16) Medalla al Espíritu Scout:

Deberá contener la palabra Espíritu Scout en la barra horizontal, el listón será de color Rojo Ladrillo y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la figura de una tienda de campamento --- La tienda representa la vida al aire libre, el contacto con la naturaleza y como lo mencionaba badén Powell “Los hombres se convierten en caballeros por el contacto con la naturaleza” y “"El campamento es con mucho la mejor escuela para dar a los muchachos las cualidades de carácter."



17) Medalla Pedro Urbina Miranda:

Deberá contener la palabra Pedro Urbina en la barra horizontal, el listón será de color Azul Oscuro con rayas Blancas y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la silueta de Don Pedro Urbina Miranda --- Don Pedro Urbina un Scout con muchos años de antigüedad en el movimiento Scout, representa un ejemplo de constancia dentro del movimiento Scout de Honduras





18) Medalla Paquita Guerrero :

Deberá contener la palabra Paquita Guerrero en la barra horizontal, el listón será de color Azul Oscuro con rayas Blancas y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la silueta de la profesora Paquita Guerrero. --- La Profesora Guerrero fue una de los propulsores del movimiento scout en Honduras, con su aporte el movimiento Scout fue legalizado o sea que obtuvo su personalidad jurídica, objetivo que se logró en 1952.



19) Medalla Raúl Zaldívar:

Deberá contener la palabra Raúl Zaldívar la barra horizontal, el listón será de color Azul Oscuro con rayas Blancas y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la silueta del profesor Raúl Zaldívar. --- El Profesor Zaldívar es considerado uno de los fundadores del  movimiento Scout en Honduras en el año de 1921 y es considerado el primer jefe de tropa en Honduras



20) Medalla Pompilio Ortega:

Deberá contener la palabra Pompilio Ortega la barra horizontal, el listón será de color Azul Oscuro con rayas Blancas y terminara en un pequeño pico que estará unido a la figura de la flor de lis nacional, esta flor sostendrá la medalla con la silueta del profesor Pompilio Ortega. ---- Al insigne maestro Ortega se le atribuye la organización del movimiento Scout en Honduras en el año de 1921, formo con alumnos de la Escuela Normal de Varones las primeras patrullas y tropa del escultismo Hondureño.



21) Medalla de Valor:

La medalla de esta condecoración llevara la figura de un caballero con una lanza incrustada en un dragón. ---- Esta imagen representa el valor que debe imperar ante cualquier desafío o adversidad.



22) Medalla Orden de Juventud:

La medalla de esta condecoración llevara la silueta de 4 jóvenes unidos por sus manos con la flor de lis mundial sobre ellos --- Esta imagen representa la unión de la juventud en torno a un movimiento basado en una promesa, principios, leyes y virtudes.



23) Medalla de la Bellota de Plata:

La medalla de esta condecoración llevara la figura de una Bellota de Pino---- Esta imagen fue seleccionada por formar parte de la naturaleza que nos acompaña en nuestras aventuras al aire libre.



24) Medalla Legión Badén Powell:

La medalla de esta condecoración llevara la silueta de Badén Powell. --- Esta imagen fue seleccionada por ser el fundador de esta gran legión de Scouts.



25) Pin de Flor de Lis de Bronce:

Este pin estará diseñado con la flor de lis de la Asociación de Scouts de Honduras en Bronce, la medida de esta condecoración será de 32 mm de ancho por 32mm de alto



26) Pin de Flor de Lis de Plata:

Este pin estará diseñado con la flor de lis de la Asociación de Scouts de Honduras en Plata, la medida de esta condecoración será de 32 mm de ancho por 32mm de alto



27) Pin de Flor de Lis de Oro:

Este pin estará diseñado con la flor de lis de la Asociación de Scouts de Honduras en Oro, la medida de esta condecoración será de 32 mm de ancho por 32mm de alto



28) Medalla Rosa de los Vientos:

La medalla de esta condecoración llevara la figura de una Rosa de los Vientos --- Esta imagen representa la orientación segura, ya que la Rosa de los vientos es la circunferencia del compás (brújula) que representa las direcciones de los vientos e indica los rumbos o direcciones posibles.



29) Medalla de Pino de Plata:

La medalla de esta condecoración llevara la silueta de Un Pino en plata. --- Esta imagen fue seleccionada por ser el árbol nacional de Honduras y por formar parte de la naturaleza que nos acompaña en nuestras aventuras al aire libre.







CAPITULO IV: EQUIVALENTES

Artículo 6.-.  Los equivalentes a utilizar en el uniforme Scout en sustitución de las insignias de reconocimiento, serán barras metálicas en forma de pin de una dimensión de 35 mm. de largo, 10 mm de Alto, con el color del Listón y la descripción de la Insignia (nombre) origen, esta descripción consignada en su centro. El uso de la barra o medalla son mutuamente excluyentes, si se usa la medalla no se usa la barra y viceversa. Las Condecoraciones no tienen Equivalentes.



CAPITULO VI: PERDIDA

Artículo 7.-. Las Condecoraciones y Reconocimientos se pierden por decisión de

la Corte Nacional de Honor, basada en las circunstancias siguientes:



  1. Traición a la Patria
  2. Condena Penal
  3. Manejo fraudulento en la obtención de la condecoración o reconocimiento
  4. Comisión comprobada de actos vergonzosos o infamantes, dentro o fuera de la Asociación
  5. Suspensión mayor a 1 año o expulsión de la Asociación, dictada por los organismos disciplinarios correspondientes
  6. Cualquier otra que a juicio de la Corte Nacional de Honor amerite la aplicación de la medida.